Auditoría de conformidad CSRD UE y normas ESRS

Compruebe los umbrales de obligatoriedad CSRD (plantilla, facturación, balance), plazos legales y preparación en doble materialidad ESG.

CSRD: ¿debe su empresa publicar un informe de sostenibilidad?

La herramienta aplica los criterios originales de la Directiva CSRD 2022/2464: una empresa es grande si supera dos de tres umbrales (250 empleados, 50 M€ de volumen de negocios, 25 M€ de balance), con un calendario por oleadas desde el ejercicio 2024. Esas reglas han cambiado: la Directiva 2025/794 retrasó dos años las oleadas siguientes y la Directiva ómnibus 2026/470 limitó la obligación a las empresas de más de 1.000 empleados y 450 M€ de volumen de negocios.

Qué comprueba la herramienta

  1. Sociedad cotizada con más de 500 empleados que además es gran empresa (punto 2): primera oleada, ejercicio 2024.
  2. Dos de tres criterios superados (más de 250 empleados, más de 50 M€ de volumen de negocios neto, más de 25 M€ de balance): gran empresa, cotizada o no, ejercicio 2025 en la herramienta.
  3. Sociedad cotizada con al menos 10 empleados: pyme cotizada, ejercicio 2026 con opción de aplazamiento.
  4. Matriz de fuera de la UE con al menos 150 M€: ejercicio 2028.
  5. En los demás casos, sin obligación directa.

El índice de preparación ESRS pondera sus controles: medio ambiente 35 %, social 35 %, gobernanza 20 %, más 10 puntos si el análisis de doble materialidad está hecho.

Ejemplo

Sociedad cotizada con 350 empleados, 65 M€ de volumen de negocios y 32 M€ de balance: tres criterios de tres, así que la herramienta la clasifica como gran empresa con un primer informe sobre el ejercicio 2025. Con los controles en 60, 75 y 70 % y la matriz hecha, el índice es 60 × 0,35 + 75 × 0,35 + 70 × 0,20 + 10 = 71. Con el derecho vigente, esta sociedad, por debajo de 1.000 empleados, queda fuera del ámbito obligatorio.

Qué ha cambiado

  • Directiva «stop-the-clock»: las grandes empresas de la segunda oleada pasan al ejercicio 2027 y las pymes cotizadas al ejercicio 2028.
  • Directiva ómnibus: la obligación se limita a las empresas que superan a la vez 1.000 empleados de media y 450 M€ de volumen de negocios neto; las pymes cotizadas quedan excluidas; los grupos de fuera de la UE quedan sujetos por encima de 450 M€ facturados en la UE con una filial o sucursal de más de 200 M€. Los Estados pueden eximir en 2025 y 2026 a las empresas de la primera oleada que salen del nuevo ámbito.

La herramienta aplica los umbrales y el calendario de 2022 sin estas dos revisiones: tome su resultado como una referencia que contrastar con la transposición nacional. No es asesoramiento jurídico.

Fuentes y fechas: Directiva (UE) 2022/2464 (CSRD); Directiva Delegada (UE) 2023/2775 (umbrales de 25 M€ y 50 M€); Directiva (UE) 2025/794, publicada en el DO el 16 de abril de 2025 y en vigor desde el 17 de abril de 2025; Directiva (UE) 2026/470, publicada en el DO el 26 de febrero de 2026, en vigor desde el 18 de marzo de 2026, con transposición hasta el 19 de marzo de 2027 (comprobado el 14/10/2026).

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los umbrales de la CSRD en 2026?

Desde la Directiva ómnibus (UE) 2026/470, en vigor el 18 de marzo de 2026, la obligación afecta a las empresas que superan a la vez 1.000 empleados de media y 450 M€ de volumen de negocios neto. Los Estados tienen hasta el 19 de marzo de 2027 para transponerla. El antiguo criterio de dos umbrales de tres (250 empleados, 50 M€, 25 M€ de balance) es el que sigue usando la herramienta.

¿Cuándo debe publicar una gran empresa su primer informe CSRD?

Las empresas de la primera oleada (antiguas entidades NFRD con más de 500 empleados) informan desde el ejercicio 2024. Para las demás grandes empresas, la Directiva 2025/794 trasladó el primer ejercicio de 2025 a 2027, con el informe publicado en 2028. Los grupos de fuera de la UE siguen con el ejercicio 2028.

¿Siguen sujetas a la CSRD las pymes cotizadas?

No: la Directiva 2026/470 las sacó del ámbito obligatorio, cuando debían informar primero sobre el ejercicio 2026 y después sobre 2028 tras el aplazamiento de 2025. Pueden informar con la norma voluntaria para pymes (VSME), que clientes y bancos suelen pedir.

¿Qué es el análisis de doble materialidad?

Combina dos enfoques: los impactos de la empresa en las personas y el medio ambiente, y los riesgos y oportunidades de sostenibilidad que afectan a sus resultados. Un tema debe publicarse si es material desde cualquiera de los dos. En la herramienta, haberlo realizado suma 10 puntos sobre 100 al índice de preparación.

¿La herramienta es realmente gratuita?

Sí, todas las herramientas en Kristools son 100% gratuitas y accesibles sin registro.

¿Están protegidos mis datos?

Sí. Todo el procesamiento se realiza de forma segura y directa en tu navegador. No se envían datos personales a nuestros servidores.